NORMATIVA12-04-1978
Codigo Aeronautico
de inscripción conservatoria, dicha resolución deberá anotarse al margen de la inscripción de dominio o de la que haga sus veces e inscribirse en el Registro de interdicciones y prohibiciones de enajenar o su equivalente, si lo hubiere, mediante la sola presentación de una copia autorizada de la misma. Sin estos requisitos no producirá efectos respecto de terceros. El bien cuya expropiación se encuentre en estudio se hará incomerciable una vez cumplidos los trámites a que se refieren los incisos