Rol: 40217-2025 Caratulado: CARDOZO/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES ONES Fecha sentencia: 31-12-2025 Sala: TERCERA, CONSTITUCIONAL Resultado recurso: REVOCADA SENTENCIA APELADA QUE Tipo recurso: (CIVIL) APELACIÓN PROTECCIÓN Sin descripción de contenido Santiago, treinta y uno de diciembre de dos mil veinticinco.Vistos:Se reproduce el fallo en alzada, con excepción de los fundamentos que razonan en el sentido de rechazar la acción constitucional los que se eliminan.Y se tiene, en su lugar y, además, presente:Primero: Que por la presente acción constitucional, se recurre en contra del Servicio Nacional de Migraciones,...Santiago, treinta y uno de diciembre de dos mil veinticinco.Vistos:Se reproduce el fallo en alzada, con excepción de los fundamentos que razonan en el sentido de rechazar la acción constitucional los que se eliminan.Y se tiene, en su lugar y, además, presente:Primero: Que por la presente acción constitucional, se recurre en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la dilación injustificada en dar respuesta a la solicitud de permanencia definitiva presentada, lo cual califica de ilegal y arbitrario, señalando que vulnera sus garantías fundamentales c Tribunal: Corte Suprema Fuente: Poder Judicial de Chile (juris.pjud.cl) --- Rol: 40217-2025 Caratulado: CARDOZO/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES ONES Fecha sentencia: 31-12-2025 Sala: TERCERA, CONSTITUCIONAL Resultado recurso: REVOCADA SENTENCIA APELADA QUE Tipo recurso: (CIVIL) APELACIÓN PROTECCIÓN Sin descripción de contenido Santiago, treinta y uno de diciembre de dos mil veinticinco.Vistos:Se reproduce el fallo en alzada, con excepción de los fundamentos que razonan en el sentido de rechazar la acción constitucional los que se eliminan.Y se tiene, en su lugar y, además, presente:Primero: Que por la presente acción constitucional, se recurre en contra del Servicio Nacional de Migraciones,...Santiago, treinta y uno de diciembre de dos mil veinticinco.Vistos:Se reproduce el fallo en alzada, con excepción de los fundamentos que razonan en el sentido de rechazar la acción constitucional los que se eliminan.Y se tiene, en su lugar y, además, presente:Primero: Que por la presente acción constitucional, se recurre en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la dilación injustificada en dar respuesta a la solicitud de permanencia definitiva presentada, lo cual califica de ilegal y arbitrario, señalando que vulnera sus garantías fundamentales c