Rol: 820-2025
Caratulado: ANONIMIZADO Corte: C.A. de Temuco
Fecha sentencia: 31-12-2025
Sala: Primera
Resultado recurso: INADMISIBLE
Tipo recurso: Familia-apelacion incidente C.A. de Temuco.Temuco, treinta y uno de diciembre de dos mil veinticinco.Vistos:Atendido el mérito de los antecedentes y lo dispuesto en el artículo 67 N° 2 y 3 de la Ley 19.968 y artículo 4 de la Ley 14.908, se declara inadmisible el recurso de apelación deducido por la abogada doña Cecilia Vera Mardones, en contra de la resolución de fecha veintiuno de noviembre de dos mil ve...C.A. de Temuco.Temuco, treinta y uno de diciembre de dos mil veinticinco.Vistos:Atendido el mérito de los antecedentes y lo dispuesto en el artículo 67 N° 2 y 3 de la Ley 19.968 y artículo 4 de la Ley 14.908, se declara inadmisible el recurso de apelación deducido por la abogada doña Cecilia Vera Mardones, en contra de la resolución de fecha veintiuno de noviembre de dos mil veinticinco, escrita a folio 21 en el expediente digital, por improcedente, en atención a la forma de interposición del recurso.Devuélvase.Rol N° Familia-820-2025 (jab).Ver más [+] Ver sentencia
Materia: CUIDADO PERSONAL DEL NIÑO, DECLARACION Sala: Primera Resultado recurso: INADMISIBLE Tipo recurso: Familia-apelacion incidente C.A. de Temuco.Temuco, treinta y uno de diciembre de dos mil veinticinco.Vistos:Atendido el mérito de los antecedentes y lo dispuesto en el artículo 67 N° 2 y 3 de la Ley 19.968 y artículo 4 de la Ley 14.908, se declara inadmisible el recurso de apelación deducido por la abogada doña Cecilia Vera Mardones, en contra de la resolución de fecha veintiuno de noviembre de dos mil ve...C.A. de Temuco.Temuco, treinta y uno de diciembre de dos mil veinticinco.Vistos:Atendido el mérito de los antecedentes y lo dispuesto en el artículo 67 N° 2 y 3 de la Ley 19.968 y artículo 4 de la Ley 14.908, se declara inadmisible el recurso de apelación deducido por la abogada doña Cecilia Vera Mardones, en contra de la resolución de fecha veintiuno de noviembre de dos mil veinticinco, escrita a folio 21 en el expediente digital, por improcedente, en atención a la forma de interposición del recurso.Devuélvase.Rol N° Familia-820-2025 (jab).Ver más [+] Ver sentencia
Tribunal: Corte de Apelaciones
Fuente: Poder Judicial de Chile (juris.pjud.cl)
---
Rol: 820-2025 Caratulado: ANONIMIZADO Corte: C.A. de Temuco Fecha sentencia: 31-12-2025 Materia: CUIDADO PERSONAL DEL NIÑO, DECLARACION Sala: Primera Resultado recurso: INADMISIBLE Tipo recurso: Familia-apelacion incidente C.A. de Temuco.Temuco, treinta y uno de diciembre de dos mil veinticinco.Vistos:Atendido el mérito de los antecedentes y lo dispuesto en el artículo 67 N° 2 y 3 de la Ley 19.968 y artículo 4 de la Ley 14.908, se declara inadmisible el recurso de apelación deducido por la abogada doña Cecilia Vera Mardones, en contra de la resolución de fecha veintiuno de noviembre de dos mil ve...C.A. de Temuco.Temuco, treinta y uno de diciembre de dos mil veinticinco.Vistos:Atendido el mérito de los antecedentes y lo dispuesto en el artículo 67 N° 2 y 3 de la Ley 19.968 y artículo 4 de la Ley 14.908, se declara inadmisible el recurso de apelación deducido por la abogada doña Cecilia Vera Mardones, en contra de la resolución de fecha veintiuno de noviembre de dos mil veinticinco, escrita a folio 21 en el expediente digital, por improcedente, en atención a la forma de interposición del recurso.Devuélvase.Rol N° Familia-820-2025 (jab).Ver más [+] Ver sentencia